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DECRETO SUPREMO No 6813 del 03 de Julio de 1964 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Dispone que el pre-aviso de retiro para obreros será.de 90 días a partir de la fecha, al igual que para los empleados después de tres meses de trabajo ininterumpidos.



DECRETO SUPREMO Nº 06813
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA



C O N S I D E R A N D O:

Que el Gobierno de la Revolución Nacional ha dignificado el trabajo manual e intelectual dictando disposiciones sociales sin discriminar entre obreros y empleados, bajo los principios y postulados del Derecho Social moderno;
Que como un resabio de la antigua legislación subsiste la diferencia del pre-aviso de retiro para obreros y empleados con plazos distintos creando una discriminación injusta;
Que al haberse reconocido a los obreros el salario semanal de siete días corridos, el salario dominical y el salario mensual para el cálculo de todos los beneficios sociales, se lo ha equiparado al trato de empleado que la Ley General de Trabajo distinguía;
Que el despido de grupos de trabajadores que algunas empresas ejecutan contra obreros sujetos al pre-aviso de 30 días, agrava el problema de la desocupación e impide que los trabajadores tengan el tiempo suficiente para buscar una nueva ocupación;
EN CONSEJO DE MINISTROS,


D E C R E T A:


ARTÍCULO ÚNICO.- A partir de la fecha, el pre-aviso de retiro para obreros será de 90 días después de 3 meses de trabajo ininterrumpido, al igual que para los empleados.
El señor Ministro de ...

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