DECRETO SUPREMO No 5011 del 25 de Julio de 1958 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: PRESUPUESTO ADICIONAL- D. S. 5011 DE 25 DE JULIO DE 1958.- APRUÉBASE EL DE INGRESOS Y EGRESOS NACIONALES, PARA LA PRESENTE GESTIÓN FISCAL
DECRETO SUPREMO Nº 5011
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la asignación presupuestaria asignada al Ministerio de Defensa para la presente gestión, mediante Decreto número 4811 de 30 de Diciembre de 1957, ha resultado insuficiente para cubrir las necesidades de las Fuerzas Armadas de la Nación;
Que el Ministerio de Defensa, al hacer su demanda de fondos adicionales, ha demostrado la necesidad que existe de reforzar su presupuesto para el normal y eficiente desenvolvimiento de dicho Servicio;
Que no contando el Tesoro Nacional con fondos suficientes por el momento, para poder determinar el refuerzo de las partidas presupuestarias del Servicio de Defensa Nacional, puede recurrirse a una operación bancaria que sería reembolsada con el mayor rendimiento y ahorros en la ejecución del Presupuesto Nacional de Egresos del presente ejercicio económico;
QUE EL INCISO I) DEL ARTÍCULO 51 DE LA LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, MODIFICADO POR LEY DE 4 DE DICIEMBRE DE 1947, AUTORIZA CONCEDER AL SUPREMO GOBIERNO ANTICIPOS HASTA EL 20% DE LOS INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL.-
Con dictámen afirmativo del Consejo de Estabilización Monetaria y en Consejo de Ministros,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Para su vigencia durante la presente gestión fiscal, se aprueba el siguiente Presupuesto Adicional de ingresos y egresos nacionales:
INGRESOS
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