DECRETO SUPREMO Nº 03471
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de los artículos 160 y 162 del Decreto-
Ley No. 03464 de 2 de agosto de 1953, corresponde establecer las normas de constitución, elegibilidad, jurisdicción territorial y procedimientos a que se sujetarán los órganos encargados de la Reforma Agraria, así como dictar las disposiciones complementarias esenciales para su cumplida ejecución.
En Consejo de Ministros y con cargo de aprobación legislativa.
DECRETA: CAPITULO I. DEL SERVICIO NACIONAL DE REFORMA AGRARIA ARTÍCULO Lº - El Servicio Nacional de Reforma Agraria, creado para la ejecución de las disposiciones contenidas en el Decreto
Ley No. 03464 de 2 de agosto de 1953, tendrá la organización y atribuciones que establece el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º - Dicho Servicio estará representado y constituído por:
a) El Presidente de la República,
b) El Consejo Nacional de Reforma Agraria,
c) Los Jueces Agrarios,
d) Las Juntas Rurales de Reforma Agraria,
e) Los Inspectores Rurales.
EL CONSEJO NACIONAL, LOS JUECES AGRARIOS Y LAS JUNTAS ...
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