Decreto Supremo Nº 29601
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el inciso a) del Artículo 7 de la Constitución Política del Estado, establece que toda persona tiene derechos fundamentales a la vida, la salud y la seguridad.
Que la
Ley Nº 3351 de 21 febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, establece las atribuciones y responsabilidades del Ministerio de Salud y Deportes, en la implementación de un modelo de gestión y atención en salud.
Que el
Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007, aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2006 " 2010 estableciendo entre los objetivos de la estrategia Bolivia Digna la eliminación de la exclusión social en salud, a través de la implementación del Sistema Único de Salud Familiar Comunitaria Intercultural.
Que el
Decreto Supremo Nº 29246 de 22 de agosto de 2007, establece la Política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario señalando sus objetivos y principios para la erradicación de las causas de la pobreza y extrema pobreza; coadyuvando a la restitución y fortalecimiento de los derechos y capacidades (económicas, físicas, humanas, naturales y sociales) de la población, principalmente de los indígenas, originarios y campesinos; fortalecer el modelo comunitario urbano y rural que se sustenta en los valores de la comunidad, el control social directo y la transparencia, las formas organizativas ...
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