DECRETO SUPREMO Nº 29145
EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Plan Nacional de Desarrollo - PND, establece como prioridad del Gobierno Nacional llevar adelante la participación activa en la promoción y financiamiento del desarrollo productivo nacional, con características de solidaridad y fomento, a partir del establecimiento de tasas de interés convenientes, garantías accesibles y plazos acordes al ciclo de producción de los sectores productivos.
Que el PND contempla la creación de una Banca de Desarrollo que promoverá mecanismos de redistribución del ingreso nacional, financiando el desarrollo productivo urbano y rural de sectores y regiones excluidas, revalorizando saberes y capacidades productivas y reconociendo la diversidad económica, productiva y cultural.
Que con el propósito de plasmar los objetivos dispuestos en el PND era necesario fortalecer la presencia del Estado en el financiamiento del desarrollo productivo, comunitario y social, a partir de una mayor capacidad financiera, técnica y de gestión, requiriéndose de ajustes normativos e institucionales para una adecuada canalización de los recursos internos, del financiamiento externo y de la cooperación internacional hacia programas y proyectos relacionados al desarrollo del aparato productivo nacional.
Que el
Decreto Supremo Nº 28999 de 1 de enero de 2007 dispone la adecuación Institucional de NAFIBO S.A.M., a Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. instruyendo el cambio de denominación, autorizando la realización de nuevas operaciones y disponiendo la concentración y centralización de los recursos para el financiamiento del desarrollo. ...
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