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DECRETO SUPREMO No 28909 del 06 Noviembre 2006 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Estatuto del Trabajador en Salud de Bolivia.


DECRETO SUPREMO N° 28909

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que es de ineludible obligación del Estado, garantizar y defender el capital humano así como la salud de su población, estando ambos derechos consagrados por el Artículo 7 de la Constitución Política del Estado.

Que es deber del Estado, determinar los mecanismos e instancias para cumplir con esta obligación primordial.

Que los Artículos 43 y 44 de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 2027 de 27 de octubre de 1999, regulan la relación del Estado con los servidores públicos, garantizando el desarrollo de la carrera administrativa, la promoción de su eficiente desempeño y productividad, asegurando para ellos dignidad, transparencia, eficacia y vocación de servicio.

Que mediante acuerdo suscrito entre el Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Deportes y la Confederación Sindical de Trabajadores en Salud de Bolivia, de fecha 9 de mayo de 2006, establece en su Artículo 7 (Aspecto Institucional), que el Estatuto del Trabajador en Salud de Bolivia, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 908 de 7 de diciembre de 2005, debe ser elevado a rango de Decreto Supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTICULO UNICO.-

Se aprueba el “Estatuto del Trabajador en Salud de Bolivia”, estructurado en VIII Títulos y 79 Artículos, que ...

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