DECRETO SUPREMO No 28702 del 02 Mayo 2006

Se excluye del alcance de los Decretos Supremos Nº 28141 de 17 de mayo de 2005 y Nº 28308 de 26 de agosto de 2005 a los vehículos automotores adquiridos con financiamiento externo al sector público o donados desde territorio extranjero y que, en la operación de importación, tenga como consignatario a una entidad de salud, a una entidad pública de educación o a una entidad de seguridad pública.

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DECRETO SUPREMO Nº 28702 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 28141 de 17 de mayo de 2005, prohíbe la importación de motores y vehículos automotores livianos nuevos y usados con capacidad menor o igual a 4.000 c.c. de cilindrada, [...]
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