DECRETO SUPREMO N° 28666
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 3090 de 6 de julio de 2005 – Ley Interpretativa del Artículo 109 de la
Constitución Política del Estado, establece que la designación presidencial de los Prefectos de Departamento será precedida de un proceso de elección por voto universal y directo por simple mayoría.
Que como resultado de las elecciones generales y para Prefectos de Departamento realizadas el pasado 18 de diciembre de 2005, por primera vez en la historia nacional se cuenta con Prefectos elegidos directamente con el voto directo del pueblo.
Que es necesario, mejorar los mecanismos de coordinación y colaboración entre las administraciones departamentales con la administración central.
Que es necesario, en el marco de la
Ley Nº 1654 de 28 de julio de 1995 Ley de Descentralización Administrativa, actualizar la norma de organización y funcionamiento de las administraciones departamentales, compatibilizándola con la nueva estructura gubernamental establecida por la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
Que es necesario optimizar los mecanismos operativos de las Prefecturas de Departamento, con el objetivo de mejorar la eficacia y eficiencia de la provisión de bienes y servicios a la sociedad.
Que el Acuerdo suscrito por los nueve Prefectos el 8 de febrero de este año considera necesaria la aprobación de ...
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