DECRETO SUPREMO No 27800 del 21 Octubre 2004 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Normar el Sistema de cooperación entre el sector agrícola - cañero y agroindustrial - azucarero.
Decreto Supremo Nº 27800
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que Bolivia es un país eminentemente agrícola, en el que el sector agropecuario aporta más del 14% del Producto Interno Bruto - PIB y, específicamente el sub sector cañero aporta un 3.89% del PIB; asimismo, el indicado sector produce aproximadamente el 90% de los alimentos de consumo interno, de los cuales 70% es producido por pequeños y medianos productores y, 20% por empresas, quedando demostrada la importancia del sector agropecuario en la economía y seguridad alimentaria nacional.
Que en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, el azúcar se constituye en un componente principal de la canasta familiar y de consumo humano, con un importante aporte energético y calórico; además de que los derivados son utilizados especialmente en la actividad agropecuaria y agroindustrial del país.
Que en Bolivia los ingenios azucareros desde el año 1986 vienen trabajando bajo un sistema denominado "Cooperación entre el sector agrícola cañero y agroindustrial azucarero", en que el productor agropecuario cañero entrega la materia prima al ingenio para su proceso de transformación, manteniendo la propiedad de la misma; mecanismo que no cuenta con una norma legal actualizada, generando un vacío legal que afecta al proceso de producción agroindustrial cañero.
Que la producción de azúcar a consecuencia de zafras con alto porcentaje de rendimiento supera las posibilidades del consumo interno, originando excedentes y ...
Hay 830 palabras restantes para leer que son aproximadamente 4 páginas ...