Decreto Supremo Nº 27310
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, se promulga el Código Tributario Boliviano y, que en aplicación de lo establecido por su Disposición Final Décima, la norma se encuentra vigente a la fecha.
Que en el texto de la citada Ley se han contemplado aspectos a ser desarrollados mediante disposición reglamentaria, independientemente de las normas administrativas de carácter general que emitan las Administraciones Tributarias en ejercicio de la facultad que la propia Ley los confiere.
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. (Objeto).-
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la
Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003 - Código Tributario Boliviano.
ARTÍCULO 2. (Vigencia).-
I. A efecto de la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 3 de la
Ley Nº 2492, en tanto la Administración Tributaria no cuente con órganos de difusión propios, será válida la publicación realizada en al menos un medio de prensa de circulación nacional.
II. En el caso de tributos municipales, la publicación de las Ordenanzas Municipales de Tasas y Patentes se realizará juntamente con la Resolución Senatorial respectiva. Tanto ésta como ...
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