Decreto Supremo Nº 27302
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que en el marco de lo establecido en la
Ley Nº 1604 de 21 de diciembre de 1994 - Ley de Electricidad y, el Reglamento de Precios y Tarifas, la Superintendencia de Electricidad y las principales empresas distribuidoras están realizando el proceso para la aprobación de las tarifas de distribución para el período 2003 - 2007, las que deberán ser aprobadas en el mes de diciembre de 2003, según lo dispuesto por el
Decreto Supremo Nº 27114 de 30 de julio de 2003.
Que las tarifas de distribución se determinan con base en los costos de suministro y, en consecuencia las variaciones de los costos se reflejan en variaciones de las tarifas, que cuando resultan en incrementos significativos provocan reclamaciones por parte de los consumidores.
Que es propósito del Gobierno Nacional establecer medidas que atenúen las variaciones de costos y precios para evitar variaciones significativas de las tarifas de distribución, preservando la remuneración de las empresas en los montos que resulten de la aplicación de la Ley de Electricidad y su Reglamentación.
Que el Artículo 67 de la Ley de Electricidad dispone su reglamentación por el Poder Ejecutivo.
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por ...
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