Decreto Supremo Nº 26595
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 208 de la Constitución Política del Estado, encomienda a las Fuerzas Armadas de la Nación, la misión de cooperar en el desarrollo integral del país.
Que el Artículo 11 de la
Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997, señala que es atribución específica del Ministerio de Defensa Nacional, apoyar al desarrollo integral del país.
Que el Artículo 8 del
Decreto Supremo Nº 25055 de 23 de mayo de 1998, faculta al Ministerio de Defensa Nacional proponer políticas de apoyo de las Fuerzas Armadas de la Nación al desarrollo integral del país.
Que el Artículo 22 de la
Ley Nº 1405 de 30 de diciembre de 1992, establece que el Ministerio de Defensa Nacional, es el órgano político y administrativo de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Que el Artículo 1º de la Ley de Reactivación Económica de 23 de abril de 2000, dispone que su objetivo es movilizar el aparato productivo del país, reactivándolo de manera inmediata, con el propósito de incrementar el ahorro nacional, asegurar mayores fuentes de trabajo, aumentar la producción en todos los sectores en procura de mayores niveles de desarrollo socio económico y hacer frente en las mejores condiciones posibles, a los efectos de crisis económicas externas ...
Hay 608 palabras restantes para leer que son aproximadamente 3 páginas ...