Decreto Supremo Nº 26391
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del Estado, en el marco de la
Ley Nº 1615 de 6 de febrero de 1995 - Constitución Política del Estado y la
Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997 de Organización del Poder Ejecutivo, promover y orientar eldesarrollo de la productividad y la competitividad en el país e incorporarlas en los Planes de Desarrollo Económico y Social.
Que la economía nacional ha tenido un comportamiento adecuado y sostenido, pero ha sido insuficiente para lograr el crecimiento económico adecuado a las necesidades del país.
Que las exportaciones de los productos nacionales, basadas en materias primas con un elevadísimo componente de recursos no renovables, no han tenido un crecimiento deseado en los últimos veinte años.
Que es necesario contar con una visión común y un operador que lidere con autoridad, y coordine interinstitucionalmente la creación de condiciones adecuadas para que el Sistema Productivo Nacional se desarrolle y contribuya a mejorar la calidad de vida de los bolivianos, convirtiendo al país en productivo y competitivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. (Objetivo) El presente decreto supremo tiene por objeto:
Definir los lineamientos y mecanismos operativos, para orientar el ...
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