DECRETO SUPREMO Nº 26327
JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio - GATT94 de la Organización Mundial del Comercio (OMC), del que Bolivia es Miembro, el Gobierno tiene la facultad de establecer objetivos legítimos para proteger la salud humana y los derechos del consumidor.
Que mediante
Decreto Supremo Nº 24498 se crea el Sistema Boliviano de Normalización, Metrología, Acreditación y Certificación, con el objetivo de coadyuvar con las entidades competentes, para garantizar la seguridad y la salud de la vida humana, animal y vegetal, la protección del medio ambiente y la protección de los intereses del consumidor.
Que mediante
Decreto Supremo Nº 24498 y
Decreto Supremo Nº 26095 se crea y reglamenta el funcionamiento del Organismo Boliviano de Acreditación (OBA), órgano competente para la acreditación de organismos de inspección.
Que el Instituto Boliviano de Normalización y Calidad (IBNORCA) adoptó la Norma Boliviana NB 314 001 "Etiquetado de los Alimentos Preenvasados" y que es necesario hacer de cumplimiento obligatorio algunos de sus artículos para preservar la salud humana y los derechos del consumidor.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Se establece el cumplimiento obligatorio de los Artículos 5 y 6 con todos sus incisos, así como los ...
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