Gaceta Nº 2227 DECRETO SUPREMO Nº 25809 del 08 Junio 2000
Las cotizaciones patronales y laborales del Sistema Residual de Reparto de la Seguridad Social de Largo Plazo, devengadas al 30 de abril de 1997, que no se encuentren con fallos ejecutoriados, podrán pagarse en el término de ciento ochenta 180 dias. [280 Visitas]