DECRETO SUPREMO No. 25745
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
decreto supremo 25255 de 18 de diciembre de 1998, tiende a organizar y mejorar la calidad del Servicio de Educación Pública, instituyendo un sistema racional y ordenado en la administración del personal docente, evitando su rotación durante la gestión escolar para lograr un proceso de enseñanza aprendizaje efectivo.
QUE EL ARTÍCULO 2 DEL MENCIONADO DECRETO SUPREMO, ESTABLECE QUE LA REASIGNACIÓN DE ÍTEMES DE PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DE UNIDADES EDUCATIVAS EN UN MISMO DISTRITO SE EFECTUARÁ ÚNICAMENTE EN EL MES DE ENERO DE CADA AÑO, PLAZO, QUE DADA LA COMPLEJIDAD DEL TRÁMITE ADMINISTRATIVO REQUERIDO PARA ESTE FIN, NO ES SUFICIENTE.-
Que el personal administrativo de las Unidades Educativas del Servicio de Educación Pública se encuentra comprendido en los alcances de las disposiciones contenidas en los artículos 2 y 3 del
decreto supremo 25255.
Que a fin de preservar el espíritu del señalado
decreto supremo 25255, es necesario efectuar la separación de las contrataciones, reasignación y traslado de ítemes del personal administrativo, que por sus características y funciones se encuentran sujetos al
decreto supremo 23968 de 24 de febrero de 1995, "Reglamento sobre las carreras en el Servicio de Educación Pública".
Que los decretos supremos 25027 ...
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