DECRETO SUPREMO Nº 24132
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que en fecha 5 de julio de 1995 se promulgó la
ley No. 1632, Ley de Telecomunicaciones, la misma que fue publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia en fecha 6 de julio de 1995.
QUE EL ARTÍCULO 45 DE LA CITADA LEY DISPONE SU REGLAMENTACIÓN POR EL PODER EJECUTIVO.-
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO 1.- Apruébase el reglamento a la ley No.1632 Ley de Telecomunicaciones, de 5 de julio de 1995, cuyo texto forma parte del presente decreto supremo como Anexo "I".
ARTICULO 2.- El presente decreto supremo entrará en vigencia a partir de la fecha de designación del Superintendente de Telecomunicaciones.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Hacienda y sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MINISTRO SUPLENTE DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandóval, René ...
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