Decreto Supremo Nº 23004
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO
DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 22407 de 11 de enero de 1990 dispone la administración independiente de los seguros a largo plazo de los regímenes básico y complementario, habiendo restituido a ese fin los fondos complementarios y creado el Fondo de Pensiones Básicas;
Que el decreto reglamentario Nº 22578 de 13 de agosto de 1990 establece la estructura orgánica de las entidades que tienen a su cargo la gestión de los regímenes básico y complementario de invalidez, vejez, muerte y riesgos profesionales a largo plazo, constituyendo los directorios el órgano de máxima decisión, conformados por representantes sectoriales;
Que los fondos complementarios de seguro social cuyo financiamiento está, a cargo exclusivamente de empleadores y trabajadores, requieren un tratamiento especial en orden a la conformación de sus directorios, en función a establecer una adecuada representación de partes;
Que es conveniente aumentar la representación de la empresa privada en el directorio del Fondo de Pensiones Básicas, con objeto de asegurar su activa participación en la incorporación de nuevas entidades a la mencionada institución;
Que es de equidad, por haber resultado corto, ampliar el plazo establecido en el artículo 48 incisos a) y b) del
Decreto Supremo Nº 22578 de 13 de agosto de 1990, para el pago de ...
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