Decreto Supremo Nº 22773
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 79 de la Ley del Registro Civil de 26 de noviembre de 1898, en actual vigencia, facultó al Poder Ejecutivo reglamentarla, lo que este cumplió mediante el
Decreto Supremo Nº 196 de 3 de julio de 1943;
Que el citado decreto supremo reglamentario de 1943 contiene disposiciones impracticables en el actual contexto jurídico, desvirtuado por otras diversas disposiciones que han provocado contradicciones y confusiones en la aplicación de la norma reglamentaria;
Que el Poder Ejecutivo ha decidido iniciar un proceso de reactualización y seguridad documentarias denominado Registro Unico Nacional, en el cual el Servicio Nacional del Registro Civil constituirá la base documentaria del nuevo sistema de identificación, para lo cual se debe reorganizar el mencionado servicio mediante un nuevo decreto supremo reglamentario.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se abroga el decreto supremo reglamentario 196 de 3 de julio de 1943, el
Decreto Supremo Nº 18721 de 25 de noviembre de 1981 y todas las disposiciones contrarias al presente decreto supremo.
ARTÍCULO 2. La organización, distribución geográfica, funcionamiento y desarrollo del Servicio Nacional de Registro Civil será normada por el presente decreto supremo.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 3. La Dirección General ...
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