DECRETO SUPREMO No 22165 del 05 de Abril de 1989 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: El Control Gubernamental tendrá por objetivo mejorar: - Le eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y en las operaciones del Estado; - La utilidad, oportunidad, confiabilidad y razonabilidad de la información que se genere sobre el manejo de los recursos; - Los procedimientos para que toda autoridad y ejecutivo rinda cuenta oportuna de los resultados de su gestión; y - La capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo inadecuado de los recursos del Estado.
Decreto Supremo Nº 22165
VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional se encuentra empeñado en llevar a cabo un programa de cambio en los sistemas de gestión y la estructura del Sector Público, en procura de una administración que se convierta en instrumento eficaz para ejecutar las políticas de Gobierno.
Que las reformas ya implantadas en el campo de la política económica y de las finanzas públicas requieren en el marco de las disposiciones vigentes, ajustes de los sistemas de control gubernamental y de su órgano rector la Contraloría General de la República;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
CONTROL GUBERNAMENTAL
CAPÍTULO I Objetivo, componentes y ambito de aplicación ARTÍCULO 1. El Control Gubernamental tendrá por objetivo mejorar:
a) La eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y en las operaciones del Estado;
b) La utilidad, oportunidad, confiabilidad y razonabilidad de la información que se genere sobre el manejo de los recursos;
c) Los procedimientos para que toda autoridad y ejecutivo rinda cuenta oportuna de los resultados de su gestión; y
d) La capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo inadecuado de los recursos del Estado.
ARTÍCULO 2. El control Gubernamental estará integrado por los Sistemas de ...
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