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DECRETO SUPREMO No 20185 del 12 de Abril de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: A partir del lo. de Abril del presente año, se establece el "Bono Alimentario".


DECRETO SUPREMO Nº 20185
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que el nivel y ritmo observados en el proceso inflacionario hacen necesario efectuar correcciones en materia de política económica y, entre ellos, reajustes en materia salarial.
Que la política salarial del Gobierno Constitucional propende a la unificación del salario consolidando, bonos en el sueldo o salario, pero que la gravedad del momento hace necesarios establecer transitoriamente un bono alimentario para compensar a los trabajadores por el alza en los precios oficiales de algunos productos esenciales de la canasta familiar.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO PRIMERO.- A partir del lº de abril del presente año, se establece el "bono alimentario", para todos los trabajadores asalariados del país tanto del sector público como privado, en calidad de compensación por el alza de precios oficiales en los siguientes artículos: pan, aceite, azúcar y otros.


ARTÍCULO SEGUNDO.- El monto del bono alimentario será de $bs. 35.723.oo. (Treinta y cinco mil Setecientos Veintitrés 00/100 Pesos Bolivianos). Este monto será reajustado cada vez que se modifique el precio oficial de cualquiera de los productos mencionados en el Artículo Primero anterior. Este bono será cancelado independientemente del sueldo o salario mensual, no debiendo ser considerado para efectos de beneficios sociales ni aguinaldos, estando exento de deducciones fiscales y aportes ...

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