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DECRETO SUPREMO No 19633 del 04 de Julio de 1983 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se autoriza al Ingenio Guabirá consolidar, a su fabor su excedente, y a Industrias Agrícolas de Bermejo S.A.


DECRETO SUPREMO Nº 19633
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que el Decreto Supremo No 19392 de 27 de enero de 1983 ha creado el "Fondo Cañero Azucarero" con recursos de un sobreprecio de $b. 879.90 por quintal de azúcar, gravando todas las existencias de la zafra 1982 -1983 que se comercializan en el mercado nacional a partir del 6 de noviembre de 1982 recursos a ser distribuidos entre los sectores agricultor cañero, industrial azucarero y trabajador zafrero, en compensación a las incidencias en los costos de producción y comercialización.
Que el decreto supremo No 19511 de 13 de abril de 1983, basado en la cuantificación de una comisión técnica interinstitucional, establece la existencia el 6 de noviembre de 1982 de 1.714.564.58 quintales de azúcar, sujetas al gravamen de 879.90 por quintal, asignando a los agricultores cañeros, trabajadores zafreros y alcaldías provinciales de las zonas productoras el 100 o/o de la recaudación del "Fondo Cañero Azucarero", dejándose al sector industrial estatal sin compensación.
Que como efecto de esa cuantificación real, los ingenios estatales han generado recursos mayores al monto de sus obligaciones con sus sectores cañero agrícola, trabajador zafrero y alcaldías provinciales, originando para el Ingenio Guabirá un excedente de $b. 63.072.026.-y para Industrias Agrícolas de Bermejo S.A., otro excedente de $b. 189.138.287.-
Que el Supremo Gobierno, mediante decreto ...

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