DECRETO SUPREMO Nº 18956
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación, está empeñado en restablecer las libertades democráticas y la vigencia de las instituciones dentro de las normas establecidas por la Constitución Política del Estado;
Que la Universidad Boliviana ha estado funcionando bajo normas establecidas en el Estatuto Transitorio, aprobado por el Poder Ejecutivo mediante
Decreto Supremo No 18187 de 13 de abril de 1981;
QUE EL ARTICULO 185 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, SE REFIERE A LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LAS UNIVERSIDADES.-
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECR ETA:
ARTÍCULO 1.- Abrógase el Estatuto Transitorio de la Universidad Boliviana aprobado por el
Decreto Supremo No 18187 de 13 de abril de 1981, en sus 13 Títulos y 192 Artículos señalados.
ARTÍCULO 2.-LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL EX - Consejo Nacional de la Universidad Boliviana, de acuerdo a normas establecidas por el Supremo Gobierno, continuarán en sus funciones y empleos.
ARTÍCULO 3.- Mientras se instituya el Organismo Central del Sistema Universitario, el Ministerio de Educación y Cultura designará un depositario administrativo para velar por el funcionamiento y cuidar los bienes del Ex -Consejo ...
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