DECRETO SUPREMO No 1768 del 06 de Octubre de 1949 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: AZÚCAR.- PRECIO.-D. S. 1768 DE 6 OCBRE. 1949.-EL ARTÍCULO 10 CONGELA EL PRECIO DEL AZÚCAR IMPORTADO EN 11.- BS EL KG
DECRETO SUPREMO Nº 1768
ADQUISICIÓN.- Autorízase al Banco Agrícola de Bolivia, la adquisición de toda la producción de trigo, mientras se organice el Banco Fomento a la producción. MAMERTO URRIOLAGOITIA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que es política del Supremo Gobierno estimular la producción de substancias alimenticias que, como el trigo, absorben un alto porcentaje del presupuesto de divisas; Que la producción nacional de artículos alimenticios primarios no se ha expandido, porque se importan productos similares del exterior pagados en divisas a cambios bajos, determinando así un tratamiento discriminatorio y perjudicial para los productos nacionales; Que hay que prevenir las repercusiones que podría acarrear en los precios internos del trigo, el "Convenio Internacional sobre el Trigo" al que acaba de adherirse el país; Que la política de precios y de mercados de consumo debe estar regulada y asegurada para lo que se autorizó al Banco Agrícola adquirir directamente materias primas y artículos alimenticios de primera necesidad: Que el pago de subsidios con revertirles representa una carga para el Estado, interfiere la oportuna adquisición de los productos y evita la aplicación de aquellos rendimientos a fines más constructivos;
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Mientras se organice el Banco de Fomento a la Producción, encomiéndase al Banco Agrícola de Bolivia la ...
Hay 843 palabras restantes para leer que son aproximadamente 4 páginas ...