fbpx



Aplicación: D-Lex Bolivia Ver Modo oscuro

DECRETO SUPREMO No 17 del 20 de Enero de 1943 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: TASA ARANCELARIA PARA ACEITES FINOS. - SEÑÁLASE LA DE BS. 2. -POR QUINTAL MÉTRICO




DECRETO SUPREMO Nº 0017

TASA ARANCELARIA PARA ACEITES FINOS. - Señálase la de Bs. 2. - por quintal métrico

Ministerio de Hacienda
ENRIQUE PEÑARANDA C.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.

CONSIDERANDO:
Que, el aceite y lubricante delgado especial para máquinas de coser y otras de clase fina tales como las de escribir, calcular, etc., del párrafo 222 que antes se importaba en envases de hojalata, actualmente es lanzado a la venta en botellas de vidrio, debido a la gran demanda de los metales para su utilización en las industrias de guerra.
Que los lubricantes de esa calidad en envases de vidrio clasificados en el párrafo arancelario Nº 223 se hallan sujetos a una tasa mayor, por lo que se hace imperioso fijar con carácter de emergencia el gravamen correspondiente a la fracción Nº 222, en beneficio de la colectividad, por ser más equitativo.
POR TANTO y en uso de la atribución que el art. 22 del Arancel Aduanero de Importaciones de 8 de abril de 1940 confiere al Poder Ejecutivo;

DECRETA:


ARTICULO 1º.- El aceite lubricante delgado especial para máquinas de coser, escribir y semejantes que se importe en envases de vidrio, pagará la tasa arancelaria de Bs. 2 por el quintal métrico y el recargo del 160 por ciento por diferencia de cambio. ...

Hay 94 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...

¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

  • check_circle30 días de acceso
  • check_circleAcceso completo a la norma
  • check_circleÍndice
  • check_circleQuick View D-Lex ©

Crea tu Oficina Virtual ahora !


Comienza GRATIS ahora !

Whatsapp



_____________ ∴ ____________

Nuestras Redes Sociales


             

© Derechoteca ™ Terms | Privacy