DECRETO SUPREMO Nº 15327
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante
Decreto Supremo Nº 13413 de 17 de marzo de 1976 se reglamentó las funciones y atribuciones del Comité del Algodón, transformado por
Decreto Supremo Nº 13962 de 17 de septiembre de 1976 en Comité Agropecuario con facultades para estudiar, recomendar y aprobar las medidas necesarias para la solución de los problemas del sector agropecuario en general y logar cumplimiento de sus obligaciones con la Banca estatal.
Que, por
Decreto Supremo Nº 14707 de 28 de junio de 1977, se dispuso que las entidades bancarias y financieras del Estado deben actuar dentro del marco y actividades para las que fueron creadas, disponiéndose, en consecuencia, el traspaso sistemático de los créditos agropecuarios otorgados por el Banco del Estado, al Banco Agrícola de Bolivia, previa selección y calificación por parte del Banco receptor.
Que, es necesario adoptar medidas que permitan .la recuperación de los créditos agrícolas de algodón y soya concedidos por ambas instituciones estatales hasta la gestión agrícola 1974/1975.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoríza a Banco del Estado y Banco Agrícola de Bolivia, adoptar en favor de sus respectivos clientes deudores de los programas de cultivos y producción de algodón y soya, comprendidos en ...
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