DECRETO SUPREMO Nº 15265
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por
Decreto Supremo Nº 14932 de 27 de septiembre de 1977, se autorizó a la Fábrica de Fideos "Italia" la importación de 4.000 T.M. de harina de trigo:
Que, por motivo de no haberse cumplido lo establecido por el
Decreto Supremo Nº 14932, se dictó el
Decreto Supremo Nº 15183 de 15 de diciembre de 1977, que transfiere al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, las 4.000 T.M. de referencia;
QUE, EL ARTÍCULO 4º DEL
DECRETO SUPREMO Nº 15183 YA CITADO, ESTABLECE QUE LA CARTA DE CRÉDITO DOCUMENTARIA QUE HUBIESE SIDO ABIERTA POR LA FÁBRICA DE FIDEOS "ITALIA" S.- R.L., será transferida o endosada en favor del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y del Banco Central de Bolivia, aspecto que se está efectivizando en lo referente a 1.000 T.M. por las que fue abierto el crédito documentado respectivo;
Que, sin embargo en fecha 12 de noviembre de 1977, se suscribió un Convenio entre el Molino "Centenario" de José Minetti y Cía. Ltda. de Córdoba, República Argentina y la Fábrica de Fideos "Italia" S.R.L., por las 4.000 T.M., y en oportunidad en que el
D.S. Nº 14932 se encontraba en plena vigencia;
Que existiendo compromiso ...
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