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DECRETO SUPREMO No 1226 del 17 de Junio de 1948 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: ORDEN MERCEDARIA. - SE LE AUTORIZA REANUDAR SUS ACTIVIDADES EN BOLIVIA, CON SUJECIÓN O LAS OBLIGACIONES Y LIMITACIONES ESTABLECIDA POR LEY.



DECRETO SUPREMO Nº 1226 17 DE JUNIO
ORDEN MERCEDARIA. - Se le autoriza reanudar sus actividades en Bolivia, con sujeción a las obligaciones y limitaciones establecida por Ley.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado atribuye al Presidente de la República en su art. 94, el ejercicio del Patronato Nacional en iglesias, beneficios, instituciones, bienes y personas eclesiásticas;
Que la Orden Mercedaria, después de haberse acordado la clausura en su convento en La Paz por falta de personal suficiente para el cometido de su misión religiosa, desenvuelve en la actualidad sus funciones a satisfacción de la feligresía;
Que cuenta al presente con el suficiente personal y está en condiciones de aumentarlo a fin de atender la propagación de la fé católica, las necesidades del culto y una acción educativa conveniente para el país.
Que es necesario regularizar la situación legal de la Orden, de acuerdo con la declaración contenida con el art. 3o. de la Constitución Política;

DECRETA:
Art. único. - Se autoriza a la Orden Mercedaria reanudar sus actividades en Bolivia, con el goce de las garantías otorgadas a la Iglesia y con sujeción a las obligaciones y limitaciones establecidas por la Ley.
Los señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto y de Gobierno, se encargarán de la ejecución y cumplimiento del ...

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