DECRETO SUPREMO Nº 11239
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el
Decreto Supremo Nº 03612 de 22 de enero de 1954 encomienda al que es hoy Servicio de Recursos Naturales Renovables la conservación, fomento, explotación, industrialización y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
Que, el mismo Decreto Supremo declara la fauna silvestre como de utilidad pública,
disponiendo:
a) La conservación, restauración y propagación de todas las especies de animales silvestres útiles al hombre, que temporal o permanentemente habitan en el territorio nacional.
b) El control de los animales silvestres, útiles o perjudiciales al hombre o a las demás especies.
c) La conservación y propagación de los recursos que sirven de alimento y abrigo a la fauna silvestre útil.
d) La reglamentación y racionalización en el uso y aprovechamiento de animales de piel y plumaje fino.
e) La construcción y mantenimiento de lagunas abrevaderos, cría de aves acuáticas y peces. o fuentes artificiales para
Que, el cuerpo de agua conocido como Laguna Colorada, situado en la provincia sud Lípez del departamento de Potosí, reune en alto grado condiciones favorables de habita para la reproducción de una magnífica diversidad de especies de aves lo cual le dá categoría científica internacional que ha despertado el interés de expediciones como la del Museo ...
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