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DECRETO SUPREMO No 0048 del 18 Marzo 2009 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: En cumplimiento de lo establecido por la Constitución Política del Estado, deberá ser utilizada en todos los actos públicos y privados, en las relaciones diplomáticas internacionales, así como la correspondencia oficial a nivel nacional e internacional, la denominación: ESTADO PLUR.INACIONAL DE BOLIVIA.


DECRETO SUPREMO Nº 0048

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías, fundada en la pluralidad y pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.

Que con la aprobación y promulgación de la Constitución Política del Estado, se inicia el cambio del Estado colonial y neoliberal a un Estado Unitario Plurinacional Descentralizado y con Autonomías.


Que el Artículo 98 de la Constitución Política del Estado establece que la diversidad cultural constituye la base esencial del Estado Plurinacional Comunitario y que la interculturalidad es el instrumento para la cohesión y la convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos y naciones. La interculturalidad tendrá lugar con respeto a las diferencias y en igualdad de condiciones.

Que el Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, establece la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, acorde a la Constitución Política del Estado.

Que en la etapa de implementación de la Constitución Política del Estado y del Decreto Supremo ...

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