DECRETO SUPREMO No 0048 del 18 Marzo 2009

En cumplimiento de lo establecido por la Constitución Política del Estado, deberá ser utilizada en todos los actos públicos y privados, en las relaciones diplomáticas internacionales, así como la correspondencia oficial a nivel nacional e internacional, la denominación: ESTADO PLUR.INACIONAL DE BOLIVIA.


 
 
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