DECRETO SUPREMO No 0048 del 18 Marzo 2009

En cumplimiento de lo establecido por la Constitución Política del Estado, deberá ser utilizada en todos los actos públicos y privados, en las relaciones diplomáticas internacionales, así como la correspondencia oficial a nivel nacional e internacional, la denominación: ESTADO PLUR.INACIONAL DE BOLIVIA.

(2) Historial Normativo
   » (1) RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO DE IMPUESTOS INTERNOS
   » (1) CONSTITUCION
DECRETO SUPREMO Nº 0048 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías, fundada [...]
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