DECRETO PRESIDENCIAL N° 2249
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que la
Constitución Política del Estado, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Parágrafo I del Artículo 165 del
Texto Constitucional, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Artículo 13 del
Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, determina la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia. Asimismo, los Decretos Supremos N° 0793, de 15 de febrero de 2011 y N° 1868, de 22 de enero de 2014, crean los Ministerios de Comunicación y Deportes respectivamente, estableciendo su estructura y atribuciones.
D E C R E T A:
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